jueves, 5 de agosto de 2010

Artículo 63.
Derecho al Descanso, Recreación, Esparcimiento, Deporte y juego.

Todos los niños y adolescentes tienen derecho al descanso, recreación, esparcimiento, deporte y juego.
Parágrafo primero: El ejercicio de los derechos consagrados en esta disposición debe estar dirigido a garantizar el desarrollo integral de los niños y adolescentes y a fortalecer los valores de solidaridad, tolerancia, identidad cultural y conservación del ambiente.
El Estado debe garantizar campañas permanentes dirigidas a disuadir la utilización de juguetes y de juegos bélicos o violentos.
Parágrafo segundo: El Estado con la activa participación de la sociedad debe garantizar programas de recreación, esparcimiento y juegos deportivos dirigidos a todos los niños y adolescentes, debiendo asegurar programas dirigidos específicamente a los niños y adolescentes con necesidades especiales. Estos programas deben satisfacer las diferentes necesidades e intereses de los niños y adolescentes, y fomentar, especialmente, los juguetes y juegos tradicionales vinculados con la cultura nacional así como otros que sean creativos o pedagógicos.

2 comentarios:

  1. La infancia, es una de las etapas significativas en la evolución del ser humano. Es necesario brindarle a los niños y niñas y luego también a los adolescentes, momentos de sano esparcimiento y sobre todo incentivar, valores propios de su cultura.

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  2. Los docentes debemos manejar este aspecto jurÍdico ya que hoy en dÍa ,deberes y derechos de los niños y adolescentes es de suma importancia,a al igual que algunas modificaciones hechas a la ley

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